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La Dirección General de Caminos y Ferrocarriles es un órgano de línea de ámbito nacional encargado de normar sobre la gestión de la infraestructura de caminos, puentes y ferrocarriles, así como de fiscalizar su cumplimiento. Es responsable de la actividad ferroviaria en el país.

 
   
ESTRUCTURA ORGÁNICA  

La Dirección General de Caminos y Ferrocarriles* tiene las siguientes unidades orgánicas:

UNIDADES ORGÁNICAS
Dirección de Normatividad Vial
Dirección de Fiscalización Vial

Dirección de Caminos
Dirección de Ferrocarriles
Dirección de Estudios Especiales

Dirección de Equipo Mecánico

 
   
Funciones  
  1. Proponer las políticas del Sector en materia de gestión de infraestructura vial (caminos y ferrocarriles), así como de la actividad ferroviaria, fiscalizando la ejecución de estas en el ámbito de su competencia.
  2. Participar en la formulación, seguimiento y evaluación de planes de desarrollo del Sector, en materia de caminos y ferrocarriles.
  3. Proponer y/o aprobar normas de caracter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial y velar por su cumplimiento.
  4. Normar, autorizar y fiscalizar los permisos y licencias de operación del servicio ferroviario.
  5. Resolver en segunda instancia administrativa los recursos impugnativos contra las resoluciones expedidas en los procedimientos administrativos sancionadores en el ámbito de su competencia.
  6. Supervisar la conducción y mantenimiento del Registro Nacional de Carreteras, así como del Registro Nacional de la Actividad Ferroviaria.
  7. Supervisar la actualización del inventario vial a nivel nacional.
  8. Elaborar estudios de preinversión a nivel de perfil sobre infrestructura vial, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública.
  9. Elaborar y mantener actualizada la información relacionada con costos y presupuestos de estudios, ejecución y supervisión de obras de infraestructura vial.
  10. Organizar y mantener actualizada la planoteca de caminos y ferrocarriles en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental.
  11. Consolidar la información oficial sobre infraestructura vial (caminos y ferrocarriles) para su proceso y difusión.
  12. Proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales en materia de caminos y ferrocarriles, así como participar en las actividades y foros correspondientes.
  13. Asesorar técnicamente a otras entidades públicas y privadas en materia de infraestructura vial (caminos y ferrocarriles).
  14. Promover la investigación y desarrollo de tecnologías aplicables a la construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y administración de la infraestructura vial.
  15. Brindar apoyo tecnológico para garantizar la calidad de las obras y materiales utilizados en la construcción, rehabilitación, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura de transportes del país.
  16. Mantener, reparar y supervisar el estado y buen uso de la maquinaria del Ministerio, para facilitar el desarrollo de las actividades viales de sus proyectos especiales o usuarios que los soliciten.
  17. Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ámbito de su competencia.
 
 

(*) De acuerdo al "Reglamento de Organización y Funciones" aprobado mediante D.S. Nº 021-2007-MTC publicado en El Peruano el 06.07.2007

 
 
Jiron Zorritos Nº 1203 Lima - Perú
Central Telefónica: 615-7800

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