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La Dirección de Ferrocarriles es la unidad orgánica encargada de conducir el desarrollo de la infraestructura y actividad ferrovaria en el país, autorizar y fiscalizar la prestación de servicios de transporte ferroviario, administrar el Registro Nacional de la Actividad Ferroviaria y la formulación de normas técnicas y administrativas sobre ferrocarriles. Tiene las funciones específicas siguientes:
 
   
Funciones  
  1. Formular las políticas del Subsector Transportes relativas a la actividad ferroviaria en el país y la gestión de la infraestructura correspondiente.
  2. Programar, dirigir, supervisar y controlar de manera general la actividad operativa ferroviaria.
  3. Promover y participar en la formulación, seguimiento y evaluación de planes de desarrollo del Sector, en materia de infraestructura y actividad ferroviaria en el país.
  4. Formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con ferrocarriles en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial.
  5. Evaluar las solicitudes de autorización, permisos y licencias de operación del servicio ferroviario.
  6. Fiscalizar el cumplimiento de las normas técnicas y/o administrativas relacionadas con la operación del servicio ferroviario.
  7. Evaluar solicitudes de uso del área matriz de los ferrocarriles, en el ámbito de su competencia, proponiendo de ser el caso su autorización.
  8. Evaluar solicitudes de autorización del cruzamiento a nivel o desnivel de vías férreas con otras vías, y el entronque de vías férreas.
  9. Conducir y mantener el Registro Nacional de la Actividad Ferroviaria.
  10. Fiscalizar la prestación de servicios de transporte ferroviario, en el ámbito de su competencia.
  11. Evaluar, imponer y ejecutar sanciones administrativas por incumplimiento de la normatividad vinculada al transporte ferroviario.
  12. Elaborar costos para estudios y presupuestos de estudios, ejecución y supervisión de obras de infraestructura ferroviaria.
  13. Prestar asesoramiento técnico a otras entidades públicas y privadas en materia de ferrocarriles.
  14. Determinar la necesidad y/o conveniencia de eliminar, ampliar desvíos y estaciones para obtener fluidez necesaria en el transporte.
  15. Proponer tarifas que deben aplicarse al transporte mediante un análisis costo - beneficio.
  16. Analizar y solucionar los reclamos de los usuarios, proponiendo normas correctivas que minimicen las pérdidas y averías en el transporte.
  17. Realizar y controlar proyectos de ingeniería.
  18. Efectuar el mantenimiento y reparación de vía, puentes, túneles, terraplenes y obras de arte, así como todo tipo de edificios.
  19. Velar por el buen funcionamiento y disponibilidad de las locomotoras, coches y vagones, programando y efectuando las reparaciones y el mantenimiento preventivo de los mismos.
  20. Confeccionar la estadística de reparaciones de locomotoras, coches y vagones.
  21. Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de su competencia.
 

Mapa de los Ferrocarriles del Perú (en Operación y en Proyectos)