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REGULACIONES AERONÁUTICAS DEL PERÚ
 
Todos los cambios introducidos a las Regulaciones Aeronáuticas figuran en color rojo
Si desea copiar el contenido de la RAP que le interese, usted puede usar la herramienta de selección de texto ubicada en la barra de herramientas e indentificada con una "T" con un cuadrado punteado.


 
 

Preguntas frecuentes respecto de la vigencia y aplicabilidad de estas normas:

 

¿ Cuál es la Vigente?
Ambas versiones están vigentes, pero su aplicación se dirige a dos grupos de administrados y dentro de plazos específicos establecidos.

¿A quiénes se aplican cada una de ellas?

La RAP 145 Revisión 18 es aplicable a todo TMA, SEM y cualquier otra organización que ha obtenido una autorización de la DGAC al amparo de las normas NO armonizadas con referencia a esta RAP. De acuerdo a la Sección 145.005(b) (2) de la reciente publicación del texto modificatorio del Capítulo A de la presente RAP, se extiende el plazo de vigencia de esta revisón hasta el 01 de Enero de 2013. Luego de esta fecha solo podrán existir Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas (OMA) certificadas con la norma armonizada.

La RAP 145 Nueva Edición (Armonizada con el LAR) se aplica  a toda nueva organización mantenimiento que desee certificarse con este nuevo estándar para convertirse en una OMA. Es voluntario a partir del 24 de enero de 2011 y es obligatorio desde el 23 de julio de 2011.