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INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA

 

Cómo solicitar una autorización de funcionamiento

I. Acciones Previas:

Si usted necesita algún tipo de orientación, antes de iniciar su gestión, la DGAC le ofrece el apoyo técnico de un ingeniero de aeropuertos, quien gustosamente le brindará asesoramiento y revisará preliminarmente la documentación técnica por presentar.

Para iniciar su trámite usted deberá contar previamente con la respectiva autorización de construcción otorgada por la DGAC para el caso de nuevos aeropuertos, o contar con una autorización de funcionamiento por caducar.

Con la documentación completa deberá acercarse a las Oficinas de la Dirección General de Aeronáutica Civil Jr. Zorritos 6to. piso, sector C) donde se le entregarán los recibos de acotación para la cancelación de los derechos de pago establecidos en el punto 43 y 44 del TUPA del MTC, correpondiente a "Autorización de funcionamiento o clausura e inspección técnica de Aeropuertos o Aeródromos Públicos o Privados"

II. Pagos:

Los pagos de los derechos de trámite se realiza en en la Caja Central del MTC (Primer piso), anexando la copia del Recibo de Acotación cancelado a su documentación.

III. Requisitos:

A su solicitud usted debe adjuntar:

• Copia de autorización de construcción otorgada por la DGAC y/o autorización de funcionamiento vencida o por vencer.

•  Copia del Título que acredite la propiedad o legítima posesión de los terrenos según corresponda

•  Copia legalizada del Acta de Compromiso para evitar el Tráfico Ilícito de Drogas, de ser el caso.

•  Constancia de pago por los derechos de procedimiento administrativo

IV. Presentación:

Usted deberá ingresar su solicitud en la Sub Dirección de Control Documentario del MTC, Jr.. Zorritos 1203, Lima 1, Primer Piso.

V. Respuesta a su solicitud

Una vez presentada su solicitud y los documentos adjuntos, ésta será evaluada y atendida en un plazo no mayor de 60 días hábiles.

Se dará respuesta mediante un Oficio que le llegará por correo regular a la dirección que usted haya registrado en su solicitud, alcanzándole copia fedataria de la resolución emitida.

Si lo desea puede recoger su respuesta (Oficio) en la oficinas de la DGAC.

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