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Dirección de Gestión de Servicios Postales.- Es un órgano de línea de la Dirección General de Servicios Postales cuyas funciones contempladas en la nueva estructura organizacional del Viceministerio de Comunicaciones son: a) Proponer acciones para promover el desarrollo de los servicios postales y el acceso universal a los mismo, b) Formular proyectos de normas legales en materia postal nacional, c) Proponer las normas técnicas y operativas relativas a los servicios postales, e) Formular proyectos de modificación de la normatividad postal vigente de acuerdo con los convenios internacionales, f) Evaluar y proponer normas de calidad en los procesos postales, g) Evaluar y proponer las autorizaciones referidas a la transferencia de la concesión postal, h) Formular informes de gestión de acuerdo con los planes y programas, i) Estudiar y evaluar las solicitudes de otorgamiento, renovación y/o modificación de concesiones postales, j) Elaborar los proyectos de resoluciones y contratos de concesión postal; k) Mantener actualizado el registro de concesionarios postales, l) Organizar, administrar y custodiar el patrimonio del Museo Postal y Filatélico del Perú, m) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo con el ámbito de su competencia. |
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Dirección de Supervisión y Control Postal.- Es un Órgano de línea de la Dirección General de Servicios Postales, está a cargo de un Director, cuyas funciones son: a) Ejecutar las acciones de control para la detección de infractores del servicio postal, b) Evaluar y proponer la aplicación de las sanciones administrativas correspondientes, c) Supervisar el cumplimiento de los términos del contrato de concesión y de la legislación postal para garantizar las condiciones de calidad, regularidad y seguridad, d) Investigar y atender los reclamos de los usuarios, respecto al servicio que prestan los concesionarios postales, e) Supervisar la prestación del servicio postal universal, f) Implementar acciones para supervisar el cumplimiento de lo establecido en los convenios y acuerdos internacionales que el país halla ratificado, y g) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. |
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