Son aquellos servicios de
telecomunicaciones cuyas transmisiones están destinadas a la
recepción libre y directa por el público en general.
Estos servicios comprenden la Radiodifusión Sonora y
Radiodifusión por Televisión, incluyendo las que utilizan tecnologia digital. Requiere de
previa autorización, otorgada por Resolución
Viceministerial, por un plazo de vigencia de diez (10) años, que
se inicia con un período de prueba de doce (12) meses.
La
autorización puede otorgarse a solicitud de parte o mediante
Concurso Público de Ofertas